Hoy en día podemos encontrar trasteros en muchas comunidades de propietarios. Los trasteros son elementos privativos, delimitados y de aprovechamiento independiente. Sin embargo, la electricidad de los trasteros es común, por lo que el gasto que se realice en los trasteros se paga entre todos los propietarios, como ocurre con la luz de los portales, garajes, ascensores, etc.
Los trasteros tienen como finalidad guardar objetos y enseres que no conlleven riesgo ni afecte a la salud de los vecinos, por este motivo solo disponen de un interruptor de la luz. No tienen enchufes.
A pesar de ello, es muy común que en las comunidades de propietarios con trasteros haya vecinos que hagan un mal uso de su trastero y esto trae como consecuencia problemas y conflictos con los demás propietarios.
¿Qué es lo que no se puede hacer en un trastero?
Aunque un propietario tenga un trastero propio, no le da derecho a poder usarlo como quiera o a almacenar lo que desee, debe ceñirse a unas normas. El uso indebido de los trasteros incluye:
- Enchufar un aparato eléctrico (para poder hacerlo primero hay que instalar un enchufe, que también está prohibido). Los aparatos eléctricos son un riesgo que hay que evitar, pues pueden provocar un incendio. Además, la luz de los trasteros la pagan todos los vecinos, por lo que nos estaríamos aprovechando de la comunidad.
- Almacenar productos tóxicos o peligrosos. Al igual que en el punto anterior, podría provocar un incendio, una explosión… y repercutir en la salud de los demás.
- Utilizar el trastero como taller
- Utilizar el trastero como gimnasio
- Utilizar el trastero como vivienda. Los trasteros no reúnen los requisitos legales de habitabilidad.
- Guardar basura o escombros
El uso indebido de los trasteros puede llevar a que la Comunidad de Propietarios decida denunciar, amparada por el artículo 7 de la LPH que dice así:
Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Como consecuencia de ello, el juez (o la jueza) podría inculpar a la persona infractora por un delito de desobediencia y condenarla a pagar una determinada cantidad a la comunidad por daños y prejuicios y hasta quitarle el trastero de forma temporal.